At some point, almost everyone considers working for themselves. Sometimes it starts with a first freelance En algún momento, a casi todo el mundo le ha pasado por la cabeza la idea de emprender y trabajar por cuenta propia. A veces surge a raíz de un primer encargo, otras tras dejar un empleo por cuenta ajena o como una decisión meditada después de darle muchas vueltas. Sea cual sea el punto de partida, llega un momento en el que aparece la misma duda: cómo darse de alta como autónomo en España y por dónde empezar.
Al buscar información, es habitual encontrarse con listas interminables de trámites, siglas poco claras y mensajes contradictorios. Todo ello hace que el proceso parezca más complejo de lo que realmente es. Darse de alta como autónomo implica inscribirse en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y cumplir una serie de gestiones administrativas en un orden concreto. Si se entiende qué hay que hacer y en qué momento, el alta resulta mucho más clara.
En este artículo encontrará una guía sencilla y práctica sobre cómo darse de alta de autónomo, con los pasos habituales, los costes a tener en cuenta y los aspectos que merece la pena revisar con calma antes de iniciar la actividad.
Requisitos previos para darse de alta como autónomo
Antes de iniciar los trámites, es importante que tenga claro si cumple los requisitos para ser autónomo. No se trata de requisitos complejos, pero sí de una serie de condiciones básicas.
Para darse de alta como trabajador autónomo en España, es necesario:
- Ser mayor de edad.
- Tener DNI o NIE en vigor.
- Residir en España o ejercer la actividad económica en territorio español.
- Realizar una actividad económica de forma personal, directa y habitual.
Además, es necesario tener definida la actividad que va a desarrollar, ya que de ella dependen algunos pasos posteriores, como la elección del epígrafe fiscal o las obligaciones tributarias asociadas.
No es necesario constituir una empresa ni aportar un capital mínimo. El alta como autónomo es un trámite administrativo que permite ejercer una actividad por cuenta propia y emitir facturas de manera legal.
Pasos para darse de alta de autónomo
El proceso de darse de alta como autónomo puede hacerse muy cuesta arriba no por dificultad real, sino porque el ámbito administrativo funciona con modelos, organismos, plazos y conceptos fiscales que no forman parte del día a día.
El alta como autónomo se articula en una serie de trámites concretos, cada uno con un objetivo definido dentro del proceso. En este apartado encontrará los pasos para darse de alta como autónomo explicados de forma ordenada y práctica, para que sepa qué trámite corresponde en cada momento y cómo avanzar a lo largo del proceso.
Los trámites pueden realizarse tanto por vía telemática como de forma presencial. En ambos casos, el contenido del procedimiento es el mismo; lo relevante es conocer qué hay que declarar y en qué orden.

Paso 1. Alta en Hacienda (modelo 037 o 036)
El primer trámite para darse de alta como autónomo es comunicar el inicio de la actividad a la Agencia Tributaria. Para ello, es necesario rellenar el modelo 037 de alta en autónomos o, en determinados casos, el modelo 036.
En este formulario se informa, entre otras cuestiones, de:
- La fecha de inicio de la actividad.
- La actividad que va a desarrollar.
- El epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE).
- El régimen de IVA y de IRPF aplicable.
- El domicilio fiscal y el lugar donde se ejerce la actividad.
En la mayoría de los casos, el modelo 037 es suficiente y es el que utilizan quienes se dan de alta como autónomos por primera vez. El modelo 036 se reserva para situaciones más específicas o complejas.
Este trámite puede realizarse de forma presencial o por vía telemática. La información que se indique aquí es clave, ya que condiciona las obligaciones fiscales posteriores y debe ajustarse a la actividad real que va a desarrollar.
Paso 2. Alta en la Seguridad Social (RETA)
Una vez tramitada el alta en Hacienda, el siguiente paso es darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos a través de la Seguridad Social. Este trámite es el que activa oficialmente la cotización como trabajador autónomo.
El alta debe realizarse dentro del plazo legal y puede hacerse el mismo día que el alta en Hacienda. En este momento deberá indicar, entre otros datos:
- La fecha de inicio de la actividad.
- La base de cotización.
- La mutua colaboradora.
- Las coberturas por contingencias comunes y profesionales.
Este paso es importante porque determina la cuota mensual que deberá abonar y las prestaciones a las que tendrá derecho. La información facilitada debe ser coherente con los datos declarados previamente en Hacienda.
Paso 3. Licencias y trámites adicionales según la actividad
Una vez realizadas las altas en Hacienda y en la Seguridad Social, es necesario comprobar si la actividad que va a desarrollar exige licencias o trámites adicionales. No todas las actividades los requieren, pero cuando existen, deben gestionarse antes de iniciar la actividad.
Estos requisitos dependen del tipo de actividad y del lugar donde se ejerza. Entre los más habituales se encuentran:
- Licencia de apertura o de actividad, en el caso de locales abiertos al público.
- Comunicaciones o autorizaciones municipales.
- Colegiación profesional, en actividades reguladas.
- Inscripción en registros específicos o cumplimiento de normativas sectoriales.
Este paso suele generar dudas porque no responde a un criterio único. La clave está en identificar si su actividad está sujeta a algún tipo de regulación específica y, en ese caso, qué administración es competente.
Si no se requieren licencias ni autorizaciones adicionales, este paso no implica ningún trámite y puede pasarse directamente al inicio de la actividad y a las obligaciones fiscales y contables correspondientes.
Paso 4. Obligaciones fiscales y contables iniciales
Una vez realizadas las altas necesarias y, en su caso, los trámites adicionales, el inicio de la actividad lleva asociadas una serie de obligaciones fiscales y contables que deben cumplirse de forma periódica.
Como trabajador autónomo, deberá:
- Presentar las declaraciones trimestrales de IVA e IRPF que correspondan a su actividad.
- Presentar los resúmenes anuales.
- Emitir facturas conforme a la normativa vigente.
- Conservar facturas y justificantes durante los plazos legalmente establecidos.
Estas obligaciones existen desde el momento en que se inicia la actividad, incluso aunque en un periodo concreto no se generen ingresos. Por ello, es importante tener claro qué modelos debe presentar y en qué plazos.
Aunque no es obligatorio contar con una gestoría o asesoría, muchas personas optan por apoyo profesional para asegurarse de que las obligaciones fiscales y contables se cumplen correctamente desde el principio.

Costes de darse de alta como autónomo
Darse de alta como autónomo no tiene un coste administrativo directo, pero sí implica una serie de gastos asociados que es importante tener claros desde el inicio. Algunos son obligatorios y recurrentes; otros dependen de la actividad que vaya a desarrollar y de cómo decida organizarse.
Cuota de autónomos
El principal coste fijo es la cuota de autónomos, que se abona mensualmente a la Seguridad Social. Su importe depende del sistema de cotización vigente y de los ingresos que se declaren.
En los primeros meses de actividad existen reducciones en la cuota para nuevos autónomos, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. Transcurrido ese periodo, la cuota se ajusta en función de los rendimientos netos declarados.
Costes fiscales y de gestión
Además de la cuota, la actividad como autónomo implica otros gastos habituales:
- Pagos trimestrales de IVA e IRPF, cuando corresponda.
- Servicios de gestoría o asesoría, si decide delegar la gestión fiscal y contable.
- Software de facturación o contabilidad, en caso de utilizar herramientas específicas.
Estos costes no forman parte del alta en sí, pero sí del funcionamiento normal de la actividad.
Otros gastos posibles según la actividad
En función de la actividad que vaya a desarrollar, pueden existir otros costes iniciales o recurrentes, como:
- Licencias o tasas municipales.
- Colegiación profesional.
- Seguro de responsabilidad civil.
- Material, equipamiento o herramientas necesarias para trabajar.
No todos los autónomos tienen los mismos gastos, pero es importante identificarlos antes de empezar para evitar imprevistos y ajustar expectativas.
El alta en autónomos es el punto de partida administrativo de cualquier actividad por cuenta propia. Dejar bien definidos estos primeros trámites facilita la gestión posterior y evita correcciones innecesarias. En muchos casos, este proceso se aborda junto con otras decisiones administrativas y económicas que es importante ordenar desde el inicio. Desde BEAC, asesoría en Las Palmas, acompañamos a autónomos y empresas en el inicio de su actividad, y nos ocupamos de la gestión administrativa y del análisis económico necesario para empezar con orden y seguridad. Acompañamos a autónomos y empresas en la gestión administrativa desde los primeros trámites.